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¿Qué requisitos debe cumplir una variedad vegetal para obtener la protección?

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Los requisitos de protección de las variedades vegetales son: – Novedad: La variedad no debe haber sido vendida o cedida a terceros, pero habiéndolo sido no debe haber transcurrido:

  • 1 año, si la venta o cesión tuvo lugar en España.
  • 4 años, si la venta o cesión se realizó fuera de España, ampliándose a 6 años en variedades leñosas y vid.

Distinción: La variedad se ha de diferenciar claramente (en uno o varios caracteres) de otras variedades existentes y conocidas. – Homogeneidad: La variedad deberá mantener sus características hereditarias más relevantes en forma uniforme. – Estabilidad: La variedad se considerará estable si los caracteres específicos de la misma se mantienen inalterados tras su reproducción o multiplicación.

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