Web Analytics

¿Qué procedimiento se debe seguir para presentar la solicitud de registro de una denominación de origen o una indicación geográfica protegida?

 In

La empresa deberá dirigir la solicitud al Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación- Dirección de Calidad Alimentaria quien, una vez realizada la comprobación oportuna remitirá la solicitud de inscripción en el Registro comunitario al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para su tramitación. Una vez comprobada la solicitud de inscripción, el órgano competente publicará en el “Boletín Oficial del Estado (BOE)” un anuncio de la solicitud correspondiente, abriéndose un plazo de dos meses para que cualquier interesado (cualquier tercero cuyos derechos o intereses pudieran verse afectados) presente oposición al registro de la DO. De presentarse oposición, la resolución será adoptada por el órgano competente de la comunidad autónoma, que comunicará la misma al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a efectos de su publicación. Publicada la resolución se remitirá la solicitud a la Comisión para la continuación del procedimiento. Conviene señalar que una vez remitida la solicitud a la Comisión Europea, es posible que se conceda, a petición del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación- Dirección de Calidad Alimentaria, la protección nacional transitoria a la DO o IG por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación quien procederá a la publicación del Pliego de Condiciones en el BOE.

Start typing and press Enter to search