En los últimos meses se ha instalado una idea peligrosa en el tejido empresarial: que las bonificaciones en Seguridad Social para personal investigador han desaparecido o han quedado vacías de contenido tras los cambios regulatorios recientes. Nada más lejos de la realidad.
Tras meses de incertidumbre y una marcada cautela por parte de las empresas, el Ministerio de Seguridad Social ha publicado las instrucciones definitivas que permitirán a miles de compañías aplicar, con total seguridad jurídica, dichas bonificaciones.
La reciente clarificación de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), publicada en el Boletín de Noticias RED 07/2026 (BNR 07/2026), no solo confirma que este incentivo sigue activo, sino que refuerza su aplicabilidad práctica y aporta criterios clave para su correcta utilización. Para muchas empresas, especialmente aquellas con actividad de I+D+i, esto supone una oportunidad que hoy se estaba desaprovechando por simple confusión en la interpretación que la propia TGSS acaba de aclarar.
Qué es esta bonificación y por qué sigue siendo relevante
La Disposición Adicional 7ª del Real Decreto-ley 1/2023 regula una bonificación en las cuotas a la Seguridad Social aplicable al personal investigador. Se trata de un incentivo diseñado para reducir el coste laboral asociado a perfiles altamente cualificados vinculados a actividades de investigación, desarrollo e innovación.
Aunque el instrumento no es nuevo, sí lo es el contexto: la reforma laboral aplicable a contratos posteriores a septiembre de 2023 y las sucesivas adaptaciones normativas han introducido incertidumbre sobre su compatibilidad con los nuevos modelos de contratación. De ahí la importancia de la reciente nota aclaratoria de la TGSS, que viene a disipar dudas operativas clave.
La clarificación de la TGSS: por qué era necesaria
El principal problema hasta ahora no era tanto normativo como operativo. Se desconocía para aquel personal contratado posterior a septiembre de 2023:
- Qué contratos eran válidos tras la reforma laboral o que requisitos debía cumplir el empleado para poner un contrato 150.
- Cómo debían codificarse en el sistema RED.
- La duración determinada de los 3 años de bonificación era desde la contratación o desde la activación.
- Qué hacer en situaciones de cambio en la aplicabilidad de la bonificación.
El BNR 07/2026 aborda directamente estas cuestiones, estableciendo reglas claras y, en algunos casos, contraintuitivas que es imprescindible conocer para evitar perder el incentivo.
Aclaraciones clave introducidas (y cómo afectan en la práctica)
1. Tipos de contrato válidos (y su codificación real)
La TGSS establece que las bonificaciones solo se aplicarán cuando concurran determinados tipos de contrato concretos:
- 150, 250, 350 (indefinidos en sus distintas modalidades)
- 109, 209, 309 (transformaciones)
- 540 (jubilación parcial)
Pero aquí viene uno de los puntos más críticos: el código de contrato a efectos de la TGSS puede no coincidir con el comunicado al SEPE.
Esto implica que, aunque la empresa formalice un contrato bajo un código estándar (por ejemplo, 100 o 200), deberá utilizar un código distinto en el sistema de afiliación para poder aplicar correctamente la bonificación.
La propia TGSS incluye una tabla de equivalencias obligatoria entre códigos SEPE y códigos TGSS que las empresas deben aplicar estrictamente.
Implicación práctica: muchas empresas estaban dejando de bonificarse simplemente por no adaptar correctamente esta codificación, cuando realmente ahora se aclara que SÍ se puede aplicar dicha bonificación para contratos como por ejemplo, el tipo 100 o 200, pero que en seguridad social seria equivalente al contrato 150.
2. Uso del indicador RLCE: 9916 vs. 9938
Otro elemento clave es la gestión de la Relación Laboral de Carácter Especial:
- 9916 → Personal investigador con bonificación
- 9938 → Personal investigador sin bonificación
La TGSS aclara varios puntos operativos críticos:
- El valor 9938 no debe utilizarse si desde el inicio no se tiene derecho a bonificación
- En ese caso, se debe dar de alta sin RLCE y, cuando proceda, realizar una baja y nueva alta con RLCE 9916
- Una vez activa la bonificación, sí se permite alternar entre 9916 y 9938 mediante variaciones de datos
Implicación práctica: Esto significa que la bonificación se puede aplicar POSTERIOR a la contratación, cuestión que no estaba clara en el texto del RD 1 /2023, y que ahora aclara la TGSS, aplicándose la duración de los 3 años desde la activación de dicha bonificación y no desde contratación.
Una oportunidad que el tejido empresarial no debería ignorar
A la luz de esta clarificación, las empresas deberían adoptar un enfoque proactivo. No basta con saber que la bonificación existe: es imprescindible verificar si se está aplicando correctamente.
La clarificación de la TGSS no introduce un nuevo incentivo, pero sí elimina gran parte de la fricción administrativa que impedía su uso. En un contexto de presión sobre costes laborales y necesidad de atraer talento cualificado, esta bonificación es una herramienta especialmente valiosa.
El mensaje es claro: el incentivo no solo sigue vigente, sino que ahora es más accesible para quien sabe aplicarlo correctamente.
Las empresas con actividad de I+D+i —desde grandes corporaciones hasta pymes tecnológicas— deberían preguntarse hoy mismo:
¿Estamos aplicando correctamente la bonificación al personal investigador o la estamos dejando pasar por un problema de gestión?
Si la respuesta no es clara, es momento de revisar. Porque, como demuestra la reciente aclaración de la TGSS, el riesgo no está en la normativa… sino en no conocerla bien.
Desde Arosa I+D llevamos tiempo trabajando precisamente sobre esta problemática con cautela, participando en el diálogo técnico y trasladando varias consultas a la Administración insistiendo en la necesidad de clarificar la aplicación práctica de estas bonificaciones. Nuestro enfoque combina el análisis técnico con la operativa real en sistema RED, para que el incentivo no se quede en teoría, sino que se materialice en ahorros concretos. Un análisis adecuado no solo permite asegurar el cumplimiento, sino también optimizar el aprovechamiento del incentivo y recuperar eficiencias que impactan directamente en la cuenta de resultados.
En un entorno donde cada euro destinado a innovación cuenta, dejar pasar este tipo de medidas ya no es una opción razonable. Ahora que la TGSS ha aclarado las reglas del juego, es momento de sacar el mayor partido a este incentivo.